Si estás buscando una casa para rentar porque se te vence el contrato actual, porque cambiaste de trabajo, para vivir cerca de la universidad o por el deseo casi inevitable de independizarte del núcleo familiar, en el momento de llevar a cabo la operación debes ser consciente de que te enfrentas a un momento de confusión: la firma del contrato de renta. Dicho en otras palabras: el método mediante el cual propietario e inquilino pactarán las condiciones para alcanzar un acuerdo comercial respecto a la casa.
Antes hablábamos de confusión porque no todos estamos familiarizados con el lenguaje legal de los contratos. Y es normal. ¿Acaso debemos ser expertos en el tema? No importa cuántas veces hayas rentado antes, los detalles siempre pueden escaparse. Aquellos aspectos que, en caso de ignorarse, acabarán marcando la diferencia de tu estancia en la casa. Ése es el motivo por el que te aconsejamos que recurras a un profesional, alguien que pueda asesorarte sobre los términos legales usados en el documento.
Para que puedas comprender de mejor manera un convenio de arrendamiento y no sientas que estás en un laberinto de palabras incompresible, te ofrecemos estos tips que te serán de utilidad.
¿Quién firma el contrato?
Primeramente, debes saber que en todo contrato de alquiler aparecerán continuamente dos figuras jurídicas: arrendador y arrendatario. Aparte de otro término que verás repetido en varias ocasiones: el inmueble. La diferenciación de esta terminología sirve para especificar quién esta pactando y sobre qué propiedad se hace el trato.
Arrendador
Cuando veas este término en el documento, siempre se referirá al dueño de una vivienda. O lo que es lo mismo: la persona que está cediendo el derecho por el uso de su casa.
Arrendatario
Esta palabra señala a la persona que estará pagando para ocupar un espacio o construcción, sin ser de su posesión. Es decir, la persona que paga a cambio de poder vivir en una casa que es propiedad de otra persona.
Inmueble
Este concepto hace alusión al espacio que será objeto de un trato comercial por un tiempo limitado. En algunas ocasiones podrás encontrarlo como propiedad o instalaciones arrendadas.
Fiador
Es la persona que tiene la figura de obligado solidario que pone como garantía un inmueble, libre de gravamen en la ciudad. Es decir, quien responde en caso de que no pagues la mensualidad.
¿Qué contiene el contrato?
Todo documento que acredite un convenio por la renta de un inmueble debe contener puntos esenciales que describan lo que se está negociando. De forma adicional, se deben incluir las obligaciones y derechos del inquilino, así como los del propietario de la vivienda. Los datos básicos son:
- Nombres del arrendador y arrendatario
- La ubicación del inmueble
- Descripción detallada de la casa, las instalaciones y accesorios con que cuenta para el uso habitacional; así como el estado en el que se encuentran
- El monto de la renta
- La cantidad de los meses de renta del depósito en garantía (de 1 a 3 meses)
- La fecha en la que terminará el contrato (generalmente un año)
- Firma de los interesados
¿Qué clausulas adicionales puede contener?
- Reparaciones y mantenimiento: Uno de los apartados que normalmente podemos encontrar es el que hace referencia al mantenimiento de los desperfectos. Para ser más concretos, a quién se hace cargo económicamente de los desperfectos. Una vez se entra a vivir en el inmueble, éste puede presentar daños que el propio propietario no siempre está dispuesto a reparar. De ser así, se podría incluir una condición a favor del inquilino para que se descuente del depósito lo que tú mismo vayas a arreglar.
- Permiso para mascotas: En algunos fraccionamientos y departamentos no se permite la convivencia con mascotas. Lo más conveniente durante la lectura del contrato es buscar aquella cláusula que hable sobre este aspecto. En caso de que se autorizase la presencia de animales, el propietario del inmueble sería capaz de solicitar un pago de seguridad por si la mascota llegara a dañar el inmueble.
- Modificaciones: Existen aquellos que desean modificar la estructura y diseño de la casa nada más empezar a vivir en ella. Todo depende de las necesidades del inquilino. Por eso mismo, si quieres hacer reformas sin verte envuelto en problemas, lo primero que debes hacer es asegurarte de que esté incluido este artículo en el contrato.
- Número de habitantes: Una estipulación que puedes encontrar en aquellos contratos donde haya un espacio reducido de metros habitables. De ahí que si piensas compartir piso con un número elevado de personas, comprueba que figure esta cláusula en el contrato.
- Pago de suministros: Al rentar una propiedad, en muchos conjuntos habitacionales pueden solicitarte una cuota por el mantenimiento de los suministros. Si no está adjunta al arrendamiento, pregúntale al dueño si los servicios públicos deberán correr por tu cuenta.
- Uso comercial del inmueble: Si quisieras rentar una propiedad con fines comerciales, debes prestar atención a que exista una sección que autorice el uso del suelo para poder montar un negocio. En caso de que la cláusula no lo permita, olvídate de aquello de armar una empresa.
- El inquilino termina el contrato: Existe la posibilidad de rescindir el contrato si el inquilino así lo desea, pero en ese caso deberá avisar al propietario con 30 días de antelación por medio de un escrito. Además, deberá cubrir una cuota de condonación por la cancelación del convenio. Si la suspensión se hace durante el primer año de renta, deberá pagar dos meses de alquiler. Si esa decisión se toma durante el segundo año, tendrá que cubrir lo equivalente a una mensualidad.
- El arrendador termina el contrato: La única forma en que un arrendador puede desalojar a un arrendatario es al término de su contrato. Si el dueño de la propiedad decide no renovar la duración, el arrendatario deberá recibir una notificación 30 días antes de que acabe el convenio, así el inquilino podrá buscar otra propiedad.
- Tener un aval: En algunos casos se le puede solicitar al inquilino un aval. Esta cláusula establece que el arrendatario debe tener una persona que responda económicamente por él.
- Póliza de Renta/Seguro Jurídico: Cláusula que utilizan los propietarios cuando los inquilinos no quieren desocupar el inmueble. Este seguro cubre todos los gastos legales que surgen cuando expresan no querer dejar la casa. La aseguradora cubre los costos generados entre el arrendador y el arrendatario.
- Renovación del Contrato: Este punto estipula el tiempo en que se hará la renovación del contrato y las condiciones en las que se establecerán las nuevas tarifas de arrendamiento.
Ahora sí: a firmar
Recuerda que debes leer detenidamente el contrato de arrendamiento para corroborar que tus datos personales figuren en el documento de manera correcta. En caso de detectar algún error, no dudes en comunicarlo. Una buena medida para evitar sorpresas inesperadas consiste en anotar las dudas que surjan mientras revisas el contrato. De esta manera, si no comprendes alguna de las cláusulas, puedes pedirle al agente que te lo explique.
Es muy importante que después de firmar el convenio de alquiler le solicites una copia al dueño de la propiedad, ya que éste te servirá como comprobante de la negociación.
Con estos tips y la ayuda de un profesional podrás firmar tu contrato de renta tranquilamente. Si estás buscando rentas en México, no te olvides de visitar iCasas, donde podrás encontrar una amplia variedad de precios y estilos.