Uno de los temores al que se enfrenta cualquier inquilino es saber si podrá recuperar el depósito en garantía al finalizar su contrato. ¿Que por qué? ¿Acaso no has oído hablar de los propietarios abusivos? ¿En qué mundo vives? Son aquellos que se sacan de la manga pretextos para no devolverte tu dinero. Como el mago que saca un conejo de la chistera. Pero esto no es magia, es la vida real. Sobre todo cuando ya anticipaste 2 meses + la renta al no contar con un aval. ¿Te suena? Real como la vida misma, te lo dijimos. Y como a nosotros nos encanta tenerte bien informado, te ofrecemos 5 consejos valiosos para que puedas recuperar tu depósito.
No somos el genio de la lámpara, pero casi. Presta atención:
Revisa el contrato de arrendamiento antes de firmar
Para estar seguro de que el dueño de la propiedad te devuelva el depósito debes revisar al detalle el contrato de arrendamiento. Si incluye la entrega con paredes recién pintadas u otras cláusulas que condicionen la devolución de un porcentaje o el total del depósito en garantía. Nunca firmes el contrato si no te asegura recuperar tu dinero.
Checa los desperfectos
En el momento en el que el dueño te haga entrega de las llaves del inmueble donde vivirás es imprescindible que revises con detenimiento la casa. ¡Hasta con lupa si es necesario! Pues en el momento de la devolución del inmueble muchos propietarios alegan daños que ya existían. Lo mejor es que el contrato incluya fotografías que documenten el estado del inmueble y del mobiliario + el inventario de los bienes, en caso de que rentes amueblado. Por ejemplo, en este documento constará si se entrega con muebles, si los suministros funcionan bien, si las paredes no tienen grietas ni el papel tapiz caído… Una vez que corrobores todos los aspectos inventariados, estampa tu firma y solicita una copia. Este papel te servirá en un futuro para verificar cada detalle. Así no se te escapará nada y podrás asegurarte de recuperar tu depósito.
Limpia y repara daños
Es seguro que después de vivir un tiempo en un lugar todo se desgaste de forma natural. Pero con esto no queremos decirte que te hagas el loco y dejes las cosas así. Sin duda, limpiar y reparar los daños causados en la propiedad es una inversión. Así evitarás que el dueño te descuente un porcentaje del depósito o que no te entregue el dinero. Puedes revisar algunas cosas básicas como:
- Focos fundidos
- Tuberías obstruidas o dañadas
- Daños en la instalación eléctrica
- Muebles sin manchas
- Paredes rayadas o manchadas
Con las fotos y el inventario que te sugerimos en el punto anterior, podrás checar detenidamente todas las cosas que necesitan repararse. Esto te ayudará a recibir tu anticipo sin problema alguno.
Solicita una carta de no adeudo de mantenimiento
Si rentas una propiedad en un condominio o departamento y te corresponde pagar la cuota del mantenimiento es muy importante que no tengas atrasos o deudas. Esto puede ser motivo de retención del depósito. A quien administre el cobro de este servicio, le deberás solicitar una carta de no adeudo. De esta manera, tendrás el respaldo de tus pagos.
Vigila tus derechos
Debes saber que bajo ninguna circunstancia – excepto daños y adeudos – el dueño de un inmueble puede retener el depósito en garantía. El propietario tiene hasta 30 días para devolverte el dinero del depósito en garantía, ya sea de 1 o de 2 meses de renta. Si durante este tiempo no te informa sobre desperfectos en la propiedad junto con un presupuesto de reparación, significa que está obligado a cumplir con la devolución del dinero. Recuerda que todo contrato de arrendamiento tiene validez legal, y en caso de que no se cumpla este acuerdo siempre podrás demandarlo.
Ya sabes que estar bien informado es la mejor arma contra los arrendadores abusivos. Lo mejor que puedes hacer es asesorarte con un profesional antes, durante y después de rentar. Si andas en busca de propiedades, no olvides de echar un vistazo a nuestro portal.
Fuente de la imagen: http://www.icasas.mx/renta/departamentos-distrito-federal-cuauhtemoc/departamento-renta-condesa_195111 – Patricio Díaz Bienes Raíces SC
Que tal, serian tan amables de proporcionar el numero de articulo donde aparece especificamente: “bajo ninguna circunstancia – excepto daños y adeudos – el dueño de un inmueble puede retener el depósito en garantía. El propietario tiene hasta 30 días para devolverte el dinero del depósito en garantía” gracias, saludos.
Hola Gabriel:
Te dejamos un artículo sobre las leyes que regulan en el arrendamiento en México http://www.icasas.mx/noticias/leyes-que-regulan-la-renta-de-inmuebles/ y adicionalmente puedes checar el artículo 2448-J del Código Civil Federal en el siguiente link http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/2_241213.pdf
donde se incluye este apartado.
Saludos
Muchas gracias ¡¡¡ saludos.