Si no eres fumador, seguro que no te hace la menor gracia que tu arrendatario fume dentro de tu propiedad. No solo como medida altruista porque nadie más se estropee la vida, sino porque la salud de tu propiedad también se verá perjudicada. ¿Puedes prohibirle realizar este acto?
¿Es abusiva una cláusula que no permita fundar al inquilino?
Los fumadores siempre se defienden argumentando que esta cláusula es abusiva porque impediría el uso normal de la vivienda. No obstante, te podemos confirmar que no. Tú, como propietario, puedes decidir qué usos están vetados dentro de la misma. Y al igual que puedes exigir que la no convivencia de mascotas, con el tabaco la decisión funciona de la misma manera.
¿Cómo pacto que la imposibilidad de fumar dentro de la vivienda?
El proceso es sencillo. Tienes que fijarlo en el contrato. Que sí, que ya sabes que el acuerdo verbal tiene la misma validez entre las partes, pero, también eres conocedor del dicho, ¿verdad? Las palabras se las lleva el viento.
Nuestra recomendación personal es que plasmes en el contrato cada arista que pueda desembocar en discusión. Si no quieres que se fume en tu vivienda, redacta claramente la cláusula donde se establece la prohibición.
El inquilino nunca podrá argumentar que no sabía nada.
¿Tienes alguna duda acerca de poder fumar en la vivienda?
Lo que sí que te queremos decir es que en caso de que no se acuerde nada, se sobreentiende que sí que se puede fumar. Por tanto, si te quieres cuidar las espaldas, actúa de antemano.