Te estás por casar y te preguntas: ¿el departamento que compré de soltero será mío o nuestro? Considera que el matrimonio es un acuerdo legal entre partes o interesados y, al momento de firmar el acta, ambos deben decidir bajo qué régimen conyugal se casarán. No es fácil. Algunos creen que a la pareja se le debe compartir todo por amor, mientras otros prefieren proteger su patrimonio a futuro. Es cuestión de perspectiva personal. Para que elijas lo que más te convenga, te decimos qué pasa al casarte con los inmuebles adquiridos de soltero, según la sociedad conyugal que elijas.
En México existen dos sociedades o regímenes conyugales, que delimitan cómo se reparten los bienes al contraer matrimonio: bienes mancomunados y bienes separados. Mira en qué consiste cada uno.
Matrimonio por Bienes Mancomunados
Bajo este régimen legal, ambas partes acuerdan compartir los bienes que poseen por partes iguales, antes y después de contraer nupcias. Por lo tanto, eso incluye tus pertenencias de la soltería.
- Casa: Cuando te casas por bienes mancomunados, aquella casa que hayan comprado tú y/o tu pareja antes de casarse, se compartirá desde que firmen el acta matrimonial. En adelante, las propiedades que compren juntos serán de ambos. Es decir, que a cada uno les tocan partes iguales de la propiedades en cuestión. Cada uno deberá donar el 50% de su patrimonio y quedará por sentado en una escritura.
- Hipoteca: Si te otorgaron una hipoteca antes de casarte, en teoría la responsabilidad pasaría a ser de ambos. Pero, si la hipoteca está a nombre de una sola persona, no existe manera de comprobar la sociedad conyugal. Por ejemplo, si el titular tuviera un adeudo con el banco e intentaran quitarle el bien, el cónyuge puede reclamar su parte proporcional.
- Título de propiedad: En un acuerdo mancomunado, el título de propiedad es compartido. Aunque puede ponerse a nombre de uno de los dos, si se llegara a vender, ambos tienen que firmar de conformidad. Sino, no se puede vender.
- Reformas: Bajo este régimen, todos los gastos que se generen en torno al estado de la propiedad corren por cuenta de los dos. Mantenimiento, reformas y restauraciones, por ejemplo.
- Herencia: La herencia de los bienes se determina de manera automática; pasa al cónyuge la parte proporcional de su pareja, al momento de morir. En caso de estar intestada la propiedad, la esposa (o) puede solicitar un juicio intestamentario, para que el bien sea repartido entre la pareja y los hijos -en caso de tenerlos-, que son herederos legítimos.
Matrimonio por Bienes Separados
Bajo este régimen legal, ambas partes establecen que cada uno conservará la titularidad de sus bienes, antes y durante el matrimonio.
- Casa: Si decidiste casarte por bienes separados, debes saber que todas las propiedades que compres antes y después del matrimonio seguirán siendo tuyas. Si compraste una en conjunto con tu pareja, te corresponde sólo la proporción de lo que invertiste.
- Hipoteca: Si tienes un crédito hipotecario a tu nombre y te casaste bajo este régimen -no importa si fue antes o después del matrimonio- te corresponde a tí pagarlo. Por ejemplo, si tienes adeudos con el banco, este podrá embargártelo o iniciar un juicio de desalojo, aún cuando vivas en él y lo compartas con tu pareja.
- Título de propiedad: Al igual que la casa el título de propiedad seguirá siendo tuyo antes y después de casarte. Sólo se harán excepciones cuando decidas ponerlo a nombre de tu cónyuge, ya que el bien pasará a ser de su propiedad.
- Reformas: Las reformas y gastos por el mantenimiento de la casa les corresponde a cada uno de sus dueños. Si llegaras a realizar una ampliación en la propiedad de tu esposa (o), te corresponde la parte proporcional a lo que pagues.
- Herencia: La herencia por este régimen es un tema un tanto complicado, ya que la sucesión testamentaria por bienes separados dictamina que la pareja sólo hereda, si el cónyuge define su donación en un testamento. Si esto no se formaliza, el inmueble será heredado por hijos y padres -en caso de que aún estén vivos-. Para una propiedad intestada, el proceso es igual que en el matrimonio por bienes mancomunados, ya que la sucesión legítima es un derecho legal, cuando el dueño no deja un documento que acredite su última voluntad.
Cuando contraes matrimonio, también puedes definir cómo manejarás tus bienes a futuro, por medio de un acuerdo prenupcial. Esta también es una forma de definir -legalmente- qué pasará con tu patrimonio de soltero, e incluso, el de casado. Si aún tienes dudas, un abogado podrá asesorarte y darte mayor información sobre regímenes matrimoniales y acuerdos prenupciales. Si quieres conocer más tips para comprar o rentar tu propiedad, no dejes de visitar nuestro blog.